¿QUÉ ES EL CRÉDITO FORMATIVO?
Cada año su empresa dispone de un crédito formativo otorgado por la Seguridad Social. El importe de este crédito se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, un porcentaje establecido anualmente, en función del tamaño de la empresa, es decir, el crédito varía en función del tamaño de la empresa y de lo cotizado en concepto de formación profesional.
El crédito es anual, comprendiendo los meses de enero a diciembre, por lo que es importante señalar que, si esta cantidad no se utiliza, se pierde.
¿PARA QUÉ SIRVE?
El crédito formativo facilita a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores incrementando así su productividad y competitividad. La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza.
¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO?
Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones todas las empresas que:
Cada año su empresa dispone de un crédito formativo otorgado por la Seguridad Social. El importe de este crédito se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, un porcentaje establecido anualmente, en función del tamaño de la empresa, es decir, el crédito varía en función del tamaño de la empresa y de lo cotizado en concepto de formación profesional.
El crédito es anual, comprendiendo los meses de enero a diciembre, por lo que es importante señalar que, si esta cantidad no se utiliza, se pierde.
¿PARA QUÉ SIRVE?
El crédito formativo facilita a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores incrementando así su productividad y competitividad. La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza.
¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO?
Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones todas las empresas que:
- Desarrollen formación para sus trabajadores.
- Coticen por contingencia de Formación Profesional.
- Tengan centros de trabajo en territorio español (cualquiera que sea su tamaño y ubicación)