
Con la publicación del RD 4/2015 (que acaba de superar el trámite parlamentario y va camino de entrar en el Senado,por lo que algunas enmiendas pueden salir adelante) muchas cosas han cambiado en la formación bonificada y no está de más recordar alguna de ellas. Por ejemplo: Sólo nos sirven para cumplir con la cofinanciación las horas de formación en jornada laboral. Se acabó la concesión de horas libres como compensación de las horas de formación realizadas fuera de jornada. Esas ya no cuentan. El sistema de la formación bonificada (ahora programada) le exige a las empresas, cada vez más, un esfuerzo de cofinanciar las acciones formativas en las que participen sus trabajadores. Cada empresa según su tamaño y a partir de un trabajador. A partir de ahora las empresas, para cumplir con su aportación privada o cofinanciación, sólo tienen dos caminos:
En Cursos Tablet, descontamos tu porcentaje de cofinanciación privada de nuestros gastos de organización, de forma que tus trabajadores podrán hacer la formación en sus horas y tú empresa cumplirá con ese requisito legal.
- O mediante costes salariales de los trabajadores formados en jornada laboral (y sólo en las horas que coincidan con la jornada)
- O mediante el descuento del porcentaje que le corresponda cofinanciar.
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